Director de la Renta del Timbre's circular núm. 16 to accept Obligaciones Provisionales and banknotes, Mexico City, 26 August 1914

Dirección de la Renta del Timbre – México. – Sección 3ª. - Circular núm. 16.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público me dice en oficio núm. 12, fecha de hoy, girado por el Departamento de Crédito Público e Instituciones Bancarias, lo siguiente:
“El ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la República, con el propósito de evitar los males que la desconfianza del comercio puede causar a las clases menesterosas, se ha servido disponer que las Oficinas Federales admitan las “Obligaciones Provisionales del Erario,” puestas en circulación por la anterior Administración y los billetes de los Bancos de Emisión de concesión federal.”
Lo que translado a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes, sirviéndose acusarme recibo de la presente.
Constitución y Reformas. México, 26 de agosto de 1914.
El Director, E. Perusquía.
Al Administrador Principal del Timbre en