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Comisión Reguladora e Inspectora de Instituciones de Crédito on retiring Villista and other issues, Mexico City, 10 November 1915

COMISION REGULADORA DE BANCOS, ACTA DE LA SESION DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1915. PRESIDENCIA DEL SEÑOR NIETO.
Reunidos los miembros de la Comisión Reguladora e Inspectora de Instituciones de Crédito, con excepción del señor Azuara, a las 4.50 p.m., se abrió la sesión con la lectura del acta de la anterior, la cual sin discusión fue aprobada.
Se dio cuenta con el dictamen aprobatorio de los señores licenciados Perezcano y Silva Herrera, sobre la iniciativa del señor
Antonio Manero, referente a la manera de computar las existencias metálicas para garantía de la circulación fiduciaria de los
bancos de emisión; quedando aprobados en la forma siguiente:
I. La moneda mexicana no fraccionaria de oro y plata, con el valor que le asigna el sistema monetario vigente.
II. Las monedas fraccionarias de plata llamadas “tostones” y las monedas de plata extranjera, se calcularán como si fuera barras, teniendo en consideración únicamente la cantidad de plata para que contengan.
III. Las demás monedas fraccionarias de plata, del cuño mexicano, se computarán tan sólo hasta el 5% de la existencia total en metálico, y por su valor según el sistema monetario vigente.
IV. Las barras de oro se calcularán a razón de setenta y cinco centigramos de oro puro por un peso mexicano, a cuyo efecto se atenderá al certificado de ensaye que expida alguna de las oficinas del Gobierno.
V. Las barras de plata se calcularán a razón de veinticinco gramos de plata pura por peso mexicano, sirviendo de base para
determinar la cantidad de plata pura que contengan, el certificado de ensaye que expide alguna de las oficinas del Gobierno.
VI. Las monedas extranjeras de oro se calcularán en su paridad legal, en relación con nuestras monedas de oro.
Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo que establece la presente circular”. (Este acuerdo fue
comunicado a todos los bancos por circular de noviembre 10-1915.)
En seguida se dio lectura al dictamen aprobatorio de los señores Nieto y Azuara, sobre la iniciativa del señor Manero, para retirar de la circulación los billetes emitidos por las facciones villistas y zapatistas y cuyas emisiones no fueron nunca reconocidas por el Gobierno Constitucionalista; quedando aprobada en la forma siguiente:
“Considerando que los billetes llamados “Dos Caras” y “Revalidados Altos”, emitidos por las fracciones encabezadas por Villa y Zapata, han sido declarados ilegales y nulos en consecuencia, y no deben de seguir siendo vehículo de comercio ni representar valor alguno; que la existencia de tales billetes no es sino un motivo de especulaciones indebidas y un recurso último que la reacción puede hacer valer más tarde; que los bancos ubicados en la capital de la República, pueden hacer hecho acopio de dichos billetes durante la permanencia de las facciones reaccionarias en la ciudad de México, que es un deber político el terminar con todos los elementos que pudieran servir a la reacción y un deber de moralidad financiera poner término a especulaciones onerosas para el público, y siendo necesario por último, hacer respetar por todos los medios posibles las órdenes emanadas del Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, se acuerda:
Líbrese inmediatamente orden a los inspectores para que desde luego se presente en la oficina de los banqueros que se
mencionarán, y después de un minucioso examen de las existencias en diversos valores que en sus arcas tengan, se incauten de los billetes llamados “Dos Caras” y “Revalidados Altos” previa el acta respectiva, con especificación de los mismos: empacados en bultos sellados y lacrados, y haciendo que dichas actas y bultos sean autorizados con su firma y la del Gerente y Cajero de la Institución y que dichos paquetes sean depositados en la Tesorería General de la Nación, para proceder a la incineración de ellos bajo la vigilancia directa de la Comisión Reguladora e Inspectora de Instituciones de Crédito; dando cuenta desde luego, con el resultado.”
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No habiendo más asunto que tratar se levantó la sesión a las 7.45 p.m.
Rafael Nieto. – Antonio Manero. – J. Silva Herrera. – J. P. Camacho.