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José L. Yagomín, Comandante Militar, punishes payment in banknotes, La Paz, 5 October 1915

GOBIERNO CONSTITUCIONALISTA.
Comandancia Militar. – La Paz, B. Cfa.
Ha visto con disgusto esta Comandancia Militar que sin embargo de las disposiciones expresas que ordenan que la venta de los artículos de primera necesidad se haga precisamente en papel moneda de circulación forzosa, los comerciantes y el público en general vienen exigiendo billetes de banco, con lo que sufre gran perjuicio el pueblo que se lamenta de ese proceder que viene degenerando en una especie de tirania; y como ese mal, lejos de disminuir, parece que va tomando incremento; esta propia Comandancia obrando dentro de la órbita de sus atribuciones y con el deber imperioso que tiene de remediar los males que aflijan a la sociedad, ha tenido a bien disponer que en lo sucesivo el comercio y el público general se abstengan absolutamente de exigir en pago billete de banco, no solo tratándose de artículos de primera necesidad, sino de toda clase de mercancías, cualesquiera que estas sean; en el concepto de que la contravención a esta providencia será penada con una multa de CIEN A MIL QUINIENTOS PESOS o el arresto correspondiente a juicio de esta propia Comandancia Militar.
Lo que se publica para su puntual observancia y para conocimiento del público.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
La Paz, B. Cfa., 5 de Octubre de 1915.
El Comandante Militar A.,
J. L. Yagomín.
El Cap. 1o. Jefe de las Armas, I.
Eduardo Burns.