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F. A. Bórquez, circular núm. 3 on rates for payments, Hermosillo, 1 January 1916

TESORERÍA GENERAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA
CIRCULAR NÚMERO 3.
Se pone en conocimiento del público que a partir de esta fecha y hasta nueva orden del Ejecutivo, los impuestos del Estado y Municipales, deberán ser pagados en PLATA DEL CUÑO MEXICANO, o su equivalente en moneda constitucionalista a $10.00 diez pesos, u oro americano a cuarenta centavos por cada peso mexicano.
Queda sin efecto la Circular Núm. 2 de fecha 16 de Diciembre último de esta misma Tesorería.
Constitución y Reformas
Hermosillo, Enero 1 de 1916.
El Tesorero General
F. A. BORQUEZ