Translate / Traducir

Gustavo Baz’ decree núm. 19 on fractional currency, Toluca, 13 July 1915

GUSTAVO BAZ, CORONEL DEL EJERCITO LIBERTADOR Y GOBERNADOR PROVISIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO, A SUS HABITANTES, SABED:
Que por virtud a que la ampliación votada por Decreto número 10 bis de 6 de mayo anterior, relativo a la Emisión de Papel Moneda del Estado hasta la cantidad de ochocientos mil pesos, $800,000.00 en lugar de la de $500,000.00 quinientos mil pesos a que se refiere el artículo 1º del Decreto número 4 de 1º marzo último, no es suficiente para seguir atendiendo a los crecidos gastos de la administración, en busca del restablecimiento de la anhelada PAZ, y en vista de que como ya se tiene expresado dicha Emisión de Papel Moneda está debidamente garantizada con el producto de las rentas públicas así como también con el adeudo que reporta el Gobierno General a favor de las Arcas Públicas de esta Entidad, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO NUMERO DIECINUEVE
Artículo único. Se amplia el artículo 1º del Decreto número 10 bis, de 6 de mayor anterior, en otros CIEN MIL PESOS, $100,000.00, de Papel Moneda del Estado, respecto de los ochocientos mil pesos, $800,000.00 a que se refiere la ley que se menciona.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado de México, en Toluca, a los trece días del mes de julio de mil novecientos quince.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
EL GOBERNADOR PROVISIONAL DEL ESTADO,
GUSTAVO BAZ.
EL OFICIAL MAYOR, ENCARGADO DE LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO,
LIC. MIGUEL G. CALDERON