Circular that businesses should accept 50% of payments in Constitutionalist paper money, La Paz, 30 January 1916
CIRCULAR.
Tiene conocimiento esta Comandancia Militar que algunos comerciantes y ganaderos del Distrito, se niegan a recibir los billetes emitidos por el Gobierno Constitucionalista, recibiendo sólo billetes de banco o determinada moneda, y como tal acto constituye una depreciación a la moneda de circulación forzosa y en consecuencia una rebelión penada y castigada severamente; hará usted saber a todo aquel que rehuse dicho papel-moneda, que se le aplicarán con todo rigor las penas a que se hace acreedor; debiendo recibir cuando menos un 50 por ciento de dicho papel moneda en todas las operaciones que verifiquen.
Lo comunico a usted para su inteligencia y fines indicados.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
La Paz, Baja California, Enero 30 de 1916.
El Tte. Crel. Comandante Militar,
A quien corresponda.