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Presidente Municipal on infalsificables, Morelia, 9 November 1916

19161109 Michoacan

DISPOSICION MUNICIPAL
Se recuerda a los habitantes de esta Ciudad en general y a los Comerciantes en particular, la obligación en que están de recibir el papel moneda infalsificable, con arreglo al valor establecido para su circulación por la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, en todas las transacciones mercantiles que se verifiquen; en el concepto de que los que se rehusen a recibir esa moneda, sean billetes o cartones, serán severamente castigados conforme a las instrucciones especiales que e esta Presidencia se ha servido dar el Supremo Gobierno del Estado.
La Policía tiene obligación de oír las quejas de los particulares y conducir desde luego a disposición de la Presidencia Municipal a los infractores.
Se concede acción popular para el denuncio de las infracciones a esta prevención.
Constitución y Reformas. – Morelia, Noviembre 9 de 1916.
El Presidente Municipal.             El Secretario.
Agustín Delgado.                        Antonio Arias.


CIRCULAR
Número 65
Para su publicación y archivo de esa Tenancia, remito a Usted 5 ejemplares de la Disposición Municipal que con fecha de ayer, expidió esta Presidencia Municipal recordando a todos los habitantes de esta Ciudad y al comercio en general la obligación que tienen de recibir el papel moneda infalsificable, ya sean billetes o cartones, conforme al valor establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Sirvase Ud. acusarme el recibo de estilo.
CONSTITUCION Y REFORMAS. Morelia, noviembre 10 de 1916.
El Presidente Municipal E. T.