Jesús Carranza authorises Guanajuato Development Company to issue notes, Guanajuato, 3 August 1914
EJERCITO CONSTITUTIONALISTA
2ª. DIVISION DEL CENTRO
CUARTEL GENERAL
Por la presente se autoriza á la Compañía llamada Guanajuato Development Company, para que expide bonos de á $10.00, $5.00, $2.00. $1,00, $0.50, $0.25, $0.10 y $0.05, hasta la cantidad de $65,000.00 – SESENTA Y CINCO MIL PESOS, que usará para pagar á sus operarios y que se obliga á hacer el canje con dinero Constitucionalista, billetes de banco de circulación forzosa, plata ú otro, tan pronto como queden restablecidas las comunicaciones con la Capital de la República.
Como concesión especial se le exceptúa del timbre que deberían llevar estos bonos conforme á la Ley.
La Compañía se obliga á demostrar al Gobierno Constitucionalista, el hecho de que estará haciendo el canje de estos bonos tan pronto como quede restablecida la comunicación á que se ha hecho referencia.
La misma Compañía debe cuidar de hacer bonos en tal forma, que no es los falsifiquen, y al efecto los bonos de valor de $1.00, $2.00, $5.00 y $10.00, llevarán la firma autógrafa del Gerente, Cajero ó Representante de la Compañía, y los de menor valor llevarán un cliché ó contraseña que sea de imposible imitación en esta Ciudad, registrándose además en el archivo de esta División, un ejemplar de cada bono de cada valor y distribuyéndose otros ejemplares análogos al comercio para que los exhiba en sus aparadores á fin de que el público se familiarice con ellos.
La Compañía á que se hace referencia en esta autorización, será responsable por la cantidad de bonos que ponga en circulación y siempre dentro de la cifra autorizada.
CONSTITUCIÓN Y REFORMAS.
Cuartel General en Guanajuato, Agosto 3 de 1914.
EL GENERAL EN JEFE
NOTA: - El original de esta autorización quedará en poder de la Guanajuato Devolpment Company, y un duplicado en el archivo de esta División.
Vale.
Las palabras testadas “y siempre dentro de la cifra autorizada”, no valen.