Translate / Traducir

Circular núm. 15 that sábanas need to be revalidated, Guadalajara, 5 December 1914

Gobierno del Estado
MUY IMPORTANTE AL PÚBLICO
Al margen un sello que dice.- República Mexicana, Secretaría de Supremo Gobierno del Estado de Jalisco.- Sección 2ª Circular Nº 15.
Se tiene conocimiento de que el papela moneda emitido por el Gobierno de Chihuahua y que se declaró de circulación forzosa por el decreto número 21 fechado el 28 de febrero de 1914, expedido en Nogales por el Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, C. Venustiano Carranza, se ha aumentado en cantidad que no está autorizada, y a fin de no causar perjuicios al público y al comercio, con una emisión que de ninguna manera puede garantizar el Gobierno Constitucionalista, el C. General Manuel M. Diéguez, Jefe de la División de Occidente, ha tenido a bien disponer se haga que dichos billetes EMITIDOS POR EL GOBIERNO DE CHIHUAHUA Y LOS QUE ESTUVIEREN FIRMADOS POR FRANCISCO VILLA NO TENDRAN CIRCULACIÓN FORZOSA sino los que llevaren el sello de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Los que no lo tuvieren deberán ser resellados por la Jefatura de Hacienda de esta ciudad, señalándose a los poseedores de esta clase de papel moneda el término de ocho días a contar desde la fecha de esta disposición, si residen en esta capital, en San Pedro o Zapopan, para que ocurran a la Oficina Hacendaría mencionada, a fin de que se haga el resello respectivo; y a los habitantes de otras poblaciones del Estado se les señala un término de quince días para la misma operación.
Lo comunico a Ud. para su conocimiento y efectos consiguientes. Constitución y Reformas.
Guadalajara, a 5 de Diciembre de 1914. – El Secretario de Gobierno y de la C. M. – M. Aguirre Berlanga.