Circular on exchanging Gobierno Provisional de México notes, Veracruz, 2 August 1915
Dirección General de la Renta del Timbre.
Circular telegráfica a los Administradores Principales del Timbre.
H. Veracruz, agosto 2 de 1915.
Decreto fecha 28 julio último de Primera Jefatura, previene que desde primero presente mes dejen de tener circulación legal los billetes comprendidos dentro de las numeraciones que indican las circulares núms. 51 del 15 y 56 del 17 des mes próximo pasado, emitidos en México, por Gobierno Provisional; y ordena Secretaría de Hacienda a este propósito, que las oficinas del Timbre en los lugares donde no haya Jefatura de Hacienda o Aduana Marítima o Fronteriza, quedan autorizadas para hacer el canje de esos billetes por de curso forzoso, pero hasta donde alcance la mitad de sus productos, reservándose la otra mitad para las atenciones de la oficina, procediendo para remisión papel canjeado en la forma que indica la circular núm. 21 de la Secretaría mencionada fecha 6 de abril, respecto de billetes retirados.
P. A. del D, El Subdirector