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Gabriel Vargas, Jefe de Hacienda, on depositing Gobierno Provisional notes, Guadalajara, 28 September 1915

IMPORTANTE DISPOSICION DE LA SRIA. DE HACIENDA SOBRE EL CANJE DE BILLETES.
AL PUBLICO.
Ha dispuesto la Secretaría de Hacienda, que los billetes emitidos en la ciudad de México, el 28 de septiembre de 1914, firmados por C. M. Esquerro y Nicéforo Zambrano, lo mismo que los emitidos el 20 de octubre del mismo año, en la misma población y firmados por Reynoso y Nicéforo Zambrano, comprendidos en la numeración que consta en seguida, y que no hubieren sido canjeados aún, se depositen en esta Jefatura de Hacienda, en la forma que a continuación se expresa:
El interesado presentará una relación, por duplicado, de los billetes que deposite, denotando el número, la serie y el valor de cada uno de ellos;
En presencia de cada interesado se hará, en esta Jefatura, un paquete que se cerrará y sellará;
Se devolverá a cada interesado un ejemplar de la relación que presente, con el certificado de depósito al calce;
La numeración a que se refiere esta disposición es:

Para los billetes de $100.00 ...……………del 1 al    250,000
“     “     “         “  “      50.00 .………….....  "  1  “     200,000
  “     “     “         “  “        5.00 .………….....  "  1  “  1,198,000
“     “     “         “  “        1.00 …………......  "  1  “  1,635,000

La orden recibida marca como término del plazo para hacer los depósitos el día 30 de este mes.
Esta Jefatura avisará oportunamente al público, cuando deban presentarse los interesados con sus certificados para pagárselos.
Guadalajara, septiembre 28 de 1915.
El Jefe de Hacienda Interino,
G. Vargas.
NOTA. – Esta Jefatura se ha dirigido a la Superioridad consultando si es posible prorrogar más el plazo mencionado