Translate / Traducir

Ramón Caracas, Presidente de la Junta, on validity of certain issues, Orizaba, 14 November 1914

19141114 veracruz

INTERESANTE
Al Comercio Y Al Público en General.
R. JUNTA DE ADMINISTRACION CIVIL DE ORIZABA.
Con fecha 10 del actual y bajo el número 977, el C, Secretario de Gobierno del Estado, tuvo a bien dirigir s esta Presidencia el siguiente oficio:
“Con fecha 3 del actual, dijo el C. Gobernador y Comandante Militar, el C. Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público, lo que sigue. – Hoy dije a Ud. por la vía telegráfica lo que sigue: - “Refiérome su mensaje 21 de octubre último. Billetes Constitucionalistas y obligaciones del Erario Federal emitidas Administración pasada virtud decreto 6 de julio anterior, son curso forzoso, billetes y Bancos de Emisión concesión federal, son curso voluntario para comercio y particulares; pero deben recibirse Oficinas Públicas.” –“Lo que repito a Ud. en confirmación.” – Por acuerdo del mismo C. Gobernador y Comandante Militar, lo transcribo a Ud, para su inteligencia y a fin de que se sirva ordenar se haga pública esta disposición en todos los Municipios de esa Entidad Cantonal.”
Y bajo el número 979 en igual fecha, recibí del aludido C, Secretario de Gobierno la nota que sigue:
“En vista de que el comercio en general se niega a aceptar como buenos algunos de los billetes de $5.00. (cinco pesos) del Ejército Constitucionalista, serie B., por notarse entre ellos algunas diferencias en el tono negro de las tintas del anverso y en el verde del reverso, así como que en unos se destacan con más precisión que en otros los detalles del “escudo” que tienen en el centro, este Gobierno consultó acerca del particular a la Secretaría de Hacienda, la que en nota 1429 de 31 de octubre último, se sirvió contestar lo siguiente. – El Director de la Oficina Impresora de Estampillas, en oficio número 325 de 27 del actual, dice a esta Secretaría lo que sigue: - “En contestación al oficio de esa Secretaría, girado por el Departamento de Crédito Público e Instituciones Bancarias, Mesa 3ª Exp. Moneda 626, en el que se sirve transcribirme el que dirigió a Ud. el Gobernador del Estado de Veracruz, Núm. 368, fechado en Jalapa de 29 de septiembre ppdo., digo a Ud. que: examinados los billetes de que se trata y los que tengo el honor de devolver a Ud. resultaron no ser falsificados, debiéndose la diferencia que en ellos se nota respeto a otros, al trabajo litográfico un poco defectuoso y al distinto color de las tintas que se emplearon en su impresión.” – Lo que tengo el honor de transcribir a Ud, para su conocimiento, con referencia a su atento oficio Núm. 368 girado por la Sección de Hacienda con fecha 29 de septiembre anterior y le devuelvo los tres billetes de referencia.”
Transcríbolo a Ud. por orden del C. Gobernador y Comandante Militar, a fín de que se ordenar se haga pública esta aclaración en todos los Municipios de esa Entidad Cantonal.
Lo que se hace saber para conocimiento general.
Constitución y Reformas.
Orizaba, noviembre 14 de 1914,
El Presidente de la Junta.
Coronel Ramón Caracas.