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Salvador Alvarado, decree núm. 13 on revalidating series A and B, Mérida, 15 April 1915

DECRETO NUMERO 13.
SALVADOR ALVARADO, Gobernador y Comandante Militar del Estado, decreta:
Con motivo de las alteraciones que se están haciendo en los billetes en la serie C. y D. puestos en circulación durante el interregno de Ortiz Argumedo, se hace saber al público que los de la serie A. y B. que son de curso legal, deberán ser resellados por la Comisión Reguladora del Mercado de Henequén, para cuyo efecto se concede el improrrogable plazo de sesenta días y en estas consideraciones se acuerda:
Artículo primero. Los billetes de la serie A. y B. de la Comisión Reguladora del Mercado de Henequén, librados en forma de Cheques á cargo de la Tesorería General del Estado, deberán ser resellados por aquella Oficina á fin de que tengan curso legal; al mismo tiempo que serán decomisados los que al ser presentados para su reselladura se encontrase que han sido alteradas las letras de las series.
Artículo segundo. Se concede un plazo sesenta días á contar del 25 del actual para que sean presentados dichos cheques á la Comisión Reguladora para su resello.
Constitución y Reformas.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en Mérida, á los quince días del mes de abril del año de mil novecientos quince.
El Gobernador y Comandante Militar del Estado, S. Alvarado
El Secretario General Interino, V. A. Rendón.