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Act of closure of the Banco del Estado de Chihuahua, Chihuahua, 23 November 1915

Acta de clausura de una Caja Fuerte que se encuentra instalada en el antiguo Banco Comercial Refaccionario, y últimamente Banco del Estado de Chihuahua, autorizada por los Notarios Públicos número 6 y 15 señores Lic. Carlos Sánchez Aldana y Bernardo Castro, a pedimento del Señor Tesorero General del Estado.
Chihuahua, 23 de Noviembre de 1915.
En la ciudad de Chihuahua, a las tres de la tarde del día veintitrés :de Noviembre de mil novecientos quince, los que suscribimos, Lic. Carlos Sánchez Aldana, Notario numero seis y Bernardo Castro, Notario numero quince, únicos Notarios en actual ejercicio en esta capital, por ante los testigos que al fin se expresaran, y firmaran con nosotros la presente acta notarial, hacemos constar: Que obedeciendo a un llamado del señor Tesorero General del Estado Don Maximiliano L. Portillo, nos constituimos en las Oficinas del antiguo Banco Comercial Refaccionario, donde existieron también las del extinguido Banco del Estado de Chihuahua, esquina de las calles Libertad y Cuarta con objeto de presenciar y dar fé de la clausura de una Caja Fuerte que se encuentra instalada en el piso bajo de las Oficinas mencionadas, y en la cual Caja, declara el referido señor Tesorero Portillo que se encuentran depositados $3.352,842.50 tres millones trescientos cincuenta y dos mil ochocientos cuarenta y dos pesos cincuenta centavos, en billetes de los emitidos por la Tesorería General del Estado, y que según declara también el referido señor Tesorero cubren el importe de diversos depósitos de esa especie de moneda hechos por varias personas y clientes del referido Banco del Estado de Chihuahua. durante el tiempo en que el dicho Banco estuvo funcionando en esa ciudad, suma que fue contada por los señores Miguel Espinosa y Rubén I. Silva, Cajero el primero y Tenedor de Libros el segundo del Banco del Estado de Chihuahua, quienes estuvieron presentes a la diligencia, y así lo reconocieron y declararon por ante nosotros los suscritos Notarios; encontrándose depositados también en la misma Caja, según lo declaran igualmente los señores Portillo, Espinosa y Silva, algunos paquetes y sobres conteniendo valores que se recogieron de diversas Oficinas del Express Constitucionalista de México comprendidas entre
la ciudad de Torreón, Coahuila y esta capital, y los que la Jefatura de Hacienda de este Estado de .Chihuahua remitió a la
Tesorería General del Estado, sin indicación o instrucciones de lo que debiera hacerse can ellos; importando esos valores en conjunto, la suma de $96.459.36, noventa y seis mil cuatrocientos cincuenta y nueve pesos treinta y seis centavos, según nota o especificación formada y firmada por los señores Miguel Espinosa y Rubén I. Silva, por ante los testigos Carlos G. Ayala, Ramón M. Aragón: Norberto Fernández y J. Moreno Charles; nota que queda depositada en el interior del Arca, juntamente con las llaves de las cajas que en ella se encuentran. En seguida y de acuerdo con el referido señor Tesorero, procedimos por ante las tres personas al principio indicadas, y por ante los testigos que al fin se expresarán, a cerrar y sellar la Caja Fuerte de referencia, lo que efectuamos en la forma siguiente:-I.-Cerrada la puerta interior de la Caja, de su manubrio se ató por el centro, un listón de seda de metro y medio de largo, cuyos extremos se ataron por segunda vez, sobre la quinta rejilla o varilla de la segunda puerta y sobre una tarjeta sellada por los suscritos, se adhirieron los extremos del listón por medio de dos sellos de lucre, uno de cada uno de los Notarios autorizantes; haciéndose constar al reverso de la misma tarjeta, la fecha de la clausura del Arca bajo el sello y firma de los suscritos. - II. - Hecho lo que queda expuesto, fue cerrada la puerta exterior de Ia Caja Fuerte de referencia y sobre las junturas del cierre de la misma puerta, se adhirió una hoja de papel engomado y que ostenta al frente la siguiente leyenda: "Esta Caja fue sellada y lacrada hoy en nuestra presencia y con nuestra intervención como Notarios; y para ser abierta deben observarse las mismas formalidades que para su clausura, o sea Ia intervención de Notarios o de Juez competente. - Chihuahua, Noviembre 23 de 1915. – Damos fé. – Firmados. – C. S. Aldana. – Bernardo Castro. – Rúbricas." En seguida pusimos ademas sobre la misma puerta y enteramente visibles dos sellos de lacre, uno de cada uno de los Notarios autorizantes; quedando con ello concluida la diligencia. – Y para constancia se extiende por triplicado la presente acta que firman las personas ya expresadas, con
objeto de que un ejemplar de la misma acta quede en poder del señor Portillo, Tesorero General del Estado y una en poder de cada uno de los Notarios autorizantes; todo ello previa lectura de la misma acta. Fueron testigos los señores Francisco A Briones, de veintiun anos de edad, soltero, empleado de la Tesorería General del Estado, de esta vecindad, con habitación en la calle Séptima número doscientos sesenta y cinco; Ramón M. Aragón, de veintiun anos, soltero, empleado de la misma Tesorería, con habitación en la calle Décima número cuatrocientos treinta; y Teodoro Ortega Castro, de sesenta años, casado, Agente titulado de negocios judiciales, de esta vecindad, con habitación en la calle Nicolás Bravo numero ciento veintisiete. – Damos fé.
El Tesorero General,             El Cajero,
Max L. Portillo.                      Miguel Espinosa.               R. I. Silva.                 R. M. Aragón.
F. A. Briones.                        Teodoro Ortega Castro.
C. S. Aldana,                        Bernardo Castro,
Notario No 6.                        Notario No. 15.