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Macrino Martínez, Comandante Militar, relays Villa’s list of notes of forced circulation, Torreón, 30 March 1915

CIRCULAR.
EL GRAL. JEFE DE LAS OPERACIONES FRANCISCO VILLA, HA TENIDO A BIEN DECRETAR EN GUADALAJARA LO SIGUIENTE:
CUERPO DE EJERCITO DEL NORTE GENERAL EN JEFE.
En acuerdo de hoy y a efecto de evitar confusiones al comercio y a los particulares; y considerando
Que las fuerzas sostenedoras de Don Venustiano Carranza prohibieron la circulación de los billetes emitidos en el Estado de Chihuahua, en su efímero dominio en esta ciudad, sin tomar en cuenta que los billetes de dicho Estado tienen una garantía amplísima con los bienes decomisados a los enemigos de la causa democrática;
Que no hay semejante garantía para los billetes que ha seguido emitiendo Don Venustiano Carranza, del 2 de Noviembre de mil novecientos catorce a la fecha, puesto que dicho individuo fue desconocido por la Convención Soberana y por ende debe considerársele como un simple rebelde a la Revolución y al Gobierno legítimo.
Que menos garantías puedan tener los billetes emitidos por los Generales Alvaro Obregón, Manuel M. Dieguez y algunos más, puesto que no han hecho depósito amplio y seguro de caudales o bienes que garanticen el canje de esos valores, ni están autorizados tampoco para emitirlos;
Por todo lo manifestado es de decretarse y se decreta:
PRIMERO: - Solamente son de circulación forzosa los billetes del Estado de Chihuahua, primera y segunda emisiones; los del Estado de Durango, emitidos por el ex-Gobernador Pastor Rouaix, de tres firmas; los billetes carrancistas fechados en Monclova, los del Ejército Constitucionalista de México emitidos por el Sr. Carranza, en Chihuahua, el 30 de Marzo de 1914 y los del Gobierno Provisional de México, fechados en Septiembre 28 y Octubre 20 de 1914; pero en la inteligencia de que los de estas dos últimas emisiones deberán ir resellados.
SEGUNDO: - Son de circulación forzosa los cheques de Banco a Banco, emitidos en Torreón, el 7 de Octubre de 1913.
TRANSITORIO: - La Oficina del Timbre de esta ciudad y las establecidas en el Estado, deberán revalidar los billetes a que se hace referencia.
Dado en el Cuartel General de Guadalajara, a 13 de Febrero de 1915 – El General Jefe de Operaciones, Francisco Villa.
Además, para la Comarca Lagunera, el mismo C. General Jefe de las Operaciones dispuso con anterioridad fueran de circulación forzosa los billetes de Arrieta Series “A” y “E”, y demás expresadas en la circular fecha 22 de Diciembre, de mil novecientos catorce, expedida por esta Comandancia; y los cheques de Banco a Banco, emisiones de 1913 y 1914, según se hizo saber al público por la circular de fecha 22 de Septiembre del mismo año. Lo que se recuerda nuevamente a los habitantes de esta Comarca para que no opongan obstáculo a su admisión, apercibidos de que el que no acatare esta disposición será castigado imponiéndosele una pena, multa o prisión a juicio de esta Comandancia Militar de mi cargo.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
Torreón, Coahuila, marzo 30 de 1915.
El General Comandante Militar.
M. J. Martínez.