Circular núm. 31 on legitimate Gobierno Provisional notes, Veracruz, 9 July 1915
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. – México. – Departamento de Crédito y Comercio. – Circular núm. 31.
Ha tenido conocimiento esta Secretaría de que circulan algunos billetes de los comprendidos en lo dispuesto por el art. 3º. del decreto de 8 de diciembre de 1914, y en esa virtud, ha dispuesto comunicar a Ud. que los emitidos en la Ciudad de México, por el Gobierno Provisional de México, el 28 de septiembre de 1914, firmados por C. M. Ezquerro y Nicéforo Zambrano, y los emitidos en la misma Ciudad de México, el 20 de octubre de 1914, firmados por Reynoso y Nicéforo Zambrano, son legítimos si se encuentran comprendidos dentro de la numeración siguiente: de $50 del 1 al 200,000; de $100 del 1 al 250,000, y de $5 del 1 al 1,198,000; y todos los emitidos en México que exceden de la numeración expresada, carecen de la autorización correspondiente de la Primera Jefatura del Ejército Constitucionalista, y por consiguiente, son nulos y sin ningún valor.
Lo comunico a Ud. para su conocimiento y efectos.
Constitución y Reformas. H. Veracruz, julio 9 de 1915.
Por orden del Secretario, el Subsecretario, R. Nieto.