José Maytorena allows signatures in facsimile, Naco, 20 December 1914
JOSE MARIA MAYTORENA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, a sus habitantes, sabed:
Que usando de las facultades extraordinarias de que en los Ramos de Hacienda y Guerra me hallo investido, por virtud de la ley número 117 de 25 de febrero del 1913, con esta fecha he tenido a bien dictar el siguiente
DECRETO
ARTICULO UNICO: Los billetes definitivos del Estado, cuya emisión autoriza el Decreto número 13 de 27 de Agosto de 1913, llevarán en facsímil las firmas del Gobernador, Secretario de Estado y Tesorero General, lo mismo que la del Interventor, a que se refiere el Decreto No. 31 de fecha 11 del presente.
Por lo tanto mando se imprima, publique y se le dé su debido cumplimiento.
Dado en el Cuartel General, Kilómetro 6, frente a Naco, Sonora, a los veinte días de Diciembre de 1914.
EL OFICIAL MAYOR. E. D. D.