Presidente Municipal lists forced issues, Morelia, 25 February 1916
Se hace del conocimiento del comercio, de los introductores o arrieros y del público en general:
Cuales Cartones y Billetes deben ser aceptados.
Según las disposiciones relativas de la Primera Jefatura y las del Gobierno Local, son de circulación forzosa y legal las siguientes emisiones de billetes y cartones:
Del Ejército Constitucionalista de Chihuahua y Monclova
Del “Gobierno Provicional” de Veracruz
Los del Cuerpo de Ejército del Noroeste, del General Alvaro Obregón.
Los del General Manuel M. Diéguez, expedidos en Guadalajara.
Los cartones de 5, 10, 20 centavos emitidos por el Ejército Constitucionalista y los del “Gobierno Provisional de México”.
Los cartones de 5, 10, 20 y 50 cs. emitidos en Morelia por el Gobierno del Estado.
Tales billetes y cartones son de admisión forzosa, siempre que no se nota alguna falsificación, entendiéndose que son buenos aquellos que están pegados con parches aunque sean muchos, cuando coincidan la numeración de ambos lados y ésta pueda leerse lo mismo que el valor de ellos.
En visto de lo anterior, esta Presidencia espera que en lo futuro no podrá alegar ignorancia ninguna persona que se rehuse a aceptar el papel moneda y cartones de referencia, y los que insistan en crear dificultades serán castigados gubernativamente con todo el rigor de la ley.
CONSTITUCIÓN Y REFORMAS. Morelia, Febrero 25 de 1916
El Presidente Municipal en turno
Cleto Muro Sandoval