Alberto Fuentes, governor, decree núm. 3, abolishes personal debts for servitude, Aguascalientes, 30 July 1914
DECRETO NUM. 3.
ALBERTO FUENTES D., Gobernador Constitucional y Comandante Militar del Estado de Aguascalientes, a sus habitantes sabed:
Considerando que los propietarios de las Haciendas no retribuyeron justamente los servicios personales prestados por los trabajadores y abusaron en todo caso de las circunstancias de pobreza que sufrieron, quienes no tan sólo recibieron un salario injusto, sino que su trabajo fué recompensado en muchas ocasiones con mercancías vendidas a altos precios, hoy toma en cuenta los penosos trabajos que los peones se vieron obligados a desempeñar en contra de todo sentimiento de altruismo y justicia, y de acuerdo con las aspiraciones de la Revolución, ha tenido a bien decretar:
UNICO. Desde esta fecha quedan abolidas las deudas contraídas por los peones de las Haciendas en donde prestaron sus trabajos personales.
Los trabajadores elevarán sus quejas a este Gobierno de mi cargo en los casos que sean obligados a pagar sus deudas contraídas ante de esta fecha.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
Dado en el Palacio de Gobierno del Estado, a los treinta días del mes de Julio de mil novecientos catorce.
El Gobernador y Comandante Militar del Estado,
A. Fuentes D.
El Secretario de Gobierno,
David G. Berlanga.