Carranza’s circular núm. 6 on Banco Nacional de México notes, Hermosillo, 7 October 1913
Circular núm. 6
En atención a que el Banco Nacional de México ha emitido billetes de Banco sin la intervención que la ley de 19 de marzo de 1897, reformada por la de 19 de junio de 1908, reserva al Gobierno Federal, supuesto que este Gobierno no existe; y considerando: que la Constitución y las leyes reglamentarias han conservado su fuerza y vigor a pesar de la violenta usurpación de Poderes efectuada en la ciudad de México; que la emisión de billetes hecha por el Banco Nacional de México, no ha tenido otro objeto que cooperar al sostenimiento del usurpador Victoriano Huerta; que el valor de los billetes emitidos no está garantizado conforme a la ley y que, por lo tanto, esos billetes son fraudulentos, he dispuesto:
Queda prohibida la circulación de los billetes del Banco Nacional de México, emitidos desde el 18 de febrero del corriente año y los que en lo sucesivo emita, hasta el restablecimiento del orden constitucional. En consecuencia, las autoridades civiles y militares no podrán recibir en pago los expresados billetes y procederán inmediatamente a su decomisacíon a fin de prevenir numerosos y cuantiosos fraudes.
Cuartel General en Hermosillo, a 7 de octubre de 1913.
El Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, V. Carranza.