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Alvaro Obregón’s decree núm. 1 on forced loan, Guadalajara, 14 July 1914

ALVARO OBREGON, General en Jefe del Cuerpo de Ejército del Noroeste, usando de las facultades extraordinarios de que me ha investido el C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 1.
PRIMERO. – En calidad de contribución especial extraordinaria sobre bienes inmuebles, capitales impuestos, giros mercantiles, industriales y empresas Bancarias, se impone en el Estado de Jalisco la cantidad de $5,000,000.00 CINCO MILLONES DE PESOS, de los cuales la mitas se exhibirá desde luego en la Jefatura de Hacienda en esta ciudad y la otra mitad en el plazo que señalará este Cuartel General.
SEGUNDO. – Esta contribución no será reversible en ningún caso sobre otras personas que aquellas a quienes directamente se fije, a pesar de lo que en contrario determinen contratos celebrados anteriormente.
TERCERO. – Las cantidades que se perciban serán devueltas al restablecimiento del orden Constitucional en la República en la manera y forma que determinen las Leyes que entonces se expidan.
CUARTO. – Para obtener la cantidad expresa se hará derrame discrecional por este Cuartel General que señalará a los contribuyentes la cuota que les corresponda, en la inteligencia de que una comisión que se nombrará al efecto, en vista de los datos que pueda tomar hará cuotización definitiva para que se devuelva a los contribuyentes que hayan dado mayor cantidad, la diferencia entre la cuota provisional y la definitiva.
QUINTO. – El capital en pequeño queda expresamente exceptuado de la contribución especial extraordinaria, debiendo determinarse por este mismo Cuartel General que ha de entenderse por capital en pequeño.
SEXTO. – Las penas en que incurren los causantes si no entregan las cantidades que se fijen, los plazos en que han de entregarlas y todos los detalles relativos a esta contribución, se determinarán por el General en Jefe que subscribe, según corresponda en cada caso.
Por tanto, mando se imprima, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en el Cuartel General del Cuerpo de Ejército del Noroeste en Guadalajara, Jalisco, a los catorce días del mes de Julio de mil novecientos catorce.
El General en Jefe,
Alvaro Obregón.