Felipe Gutiérrez, governor, authorises loan of $10,000.000, Chihuahua, 6 June 1912
FELIPE R. GUTIRREZ, Gobernador Interino Constitucional del Estado libre y soberano de Chihuahua, á sus habitantes, sabed:
Que el H. Congreso ha tenido á bien decretar lo siguiente:
El XXVIII Congreso Constitucional del Estado ha decretado lo que sigue:
Art. 1º Por conducto del Ejecutivo del Estado, se autoriza al Comandante en Jefe del Ejército Nacional Revolucionario C. Gral. Pascual Orozco, hijo, para que por sí ó por la persona ó personas que al efecto designe ó apodere, obtenga para el sostenimiento y triunfo final de la Revolución, cuantos elementos estime convenientes baja la forma de empréstitos que no excederán en conjunto de cinco millones de dollars (diez millones de pesos) ó en cualquiera otra con garantías del Estado de Chihuahua como principal ó como anexa ó subsidiaria á las garantías del Jefe mismo de la Revolución.
Art. 2º En uso de la facultad general concedida al Sr. Gral. Pascual Orozco, hijo, en el artículo anterior, se le autoriza para que en el nombramiento de Apoderados ó Agentes establezca facultades de detalle que tiendan á la realización del fin principal de este decreto.
Dado en el Salón de sesiones del H. Congreso del Estado. Chihuahua, Junio 6 de 1912. – A. Talavera, D. P. – Manual Chico, D. S. – Genaro Dozal, D. S.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Palacio del Gobierno del Estado. Chihuahua, Junio 6 de 1912.
Felipe R. Gutiérrez.
J. M. Ponce de León, O. M., E. de la Secretaría.