Luis Caballero relays Carranza's decree núm. 21 on forced circulation, Ciudad Victoria, 1 March 1914
LUIS CABALLERO, General Brigadier del Ejército Constitucionalista, Gobernador y Jefe Militar del Estado libre y soberano de Tamaulipas, a sus habitantes, hago saber:
Que por conducto del C. Secretario de Gobernación, se me dice en telegrama de esta fecha, lo que sigue:
“Nogales, Arizona, Marzo 1º de 1914. – C. General Luis Caballero. – C. Victoria.
Con fecha de ayer el Primer Jefe lanzó el decreto siguiente:
“Artículo unico. – El papel moneda emitido por los Gobiernos Constitucionalistas de los Estados de Sonora, Chihuahua, Sinaloa, Durango, Nuevo León y Tamaulipas, con autorización ó aprobación de la Primera Jefatura, tienen curso forzoso en el territorio dominado por el Gobierno Constitucionalista, por el valor que representa, y por lo tanto, las oficinas públicas de la Federación y de los Estados, así como los establecimientos, compañías y particulares, están obligados á admitirlos en pago, sin limitación alguna.”
“Lo que tengo la honra de comunicar a usted. – El Ministro de Gobernación, Zubáran.”
Por tanto, mando se imprima publique y se le dé el debido cumplimiento.
Constitución y Reforma. C. Victoria, 1º de Marzo de 1914.
Luis Caballero.
Gonzalo Castro, Oficial Mayor.