Carranza extends period for retiring low value notes, Mexico City, 16 October 1916
VENUSTIANO CARRANZA, Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, en uso de las facultades de que me hallo investido, he tenido a bien decretar lo siguiente:
Artículo 1o. - Se prorroga hasta el 30 de noviembre, del corriente año, el plazo que para la circulación del papel moneda de Veracruz y Ejército Constitucionalista de CINCO PESOS, DOS PESOS Y UN PESO ($5.00, $2.00 y $1.00), fija el artículo 4o. de Decreto de junio último.
Artículo 2o. – Se prorroga igualmente hasta el 31 de enero de 1917, el plazo que el Decreto de 31 de mayo y la Circular número 100 de 9 de junio del ano en curso señalan para que los expresados billetes se depositen con el objeto de que en su oportunidad sean canjeados por certificados definitivos de oro nacional.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Constitución y Reformas.
Dado en la ciudad de México, a los dieciséis días del mes de octubre de mil novecientos dieciséis. V. Carranza
Al Rafael Nieto, Subsecretario de Estado, Encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público. Presente.