Dirección General de la Renta del Timbre’s circular núm. 87 on Revalidados Bajos, Mexico City, 2 October 1915
Dirección General de la Renta del Timbre. – Circular núm. 87
Circular telegráfica a los Administradores Principales de la Renta del Timbre.
México, octubre 2. de 1915.
La Secretaría de Hacienda en mensaje de hoy, me dice lo que sigue:
“No habiéndose prorrogado plazo para canje de billetes Revalidados Bajos, no deben ser aceptados en pago estampillas. Ordene Administradores Principales, que únicamente serán aceptados billetes conforme artículo tercero del decreto de veintitrés de agosto último, los que podrán admitir en virtud de circular fechada ayer, en que esta Secretaría delega sus facultades en Oficinas Hacienda. – El Subsecretario, R. Nieto.”
Y lo transcribo para su inteligencia y efectos debiendo acusar recibo de la presente.
El Director, E. Perusquía.