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Enrique Moreno, circular núm. 14 on rates for payments, Hermosillo, 30 December 1915

SECRETARIA DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA
Circular Numero 14.
El C. Gobernador del Estado en acuerdo de hoy, se ha servido disponer que desde el día 1º de Enero próximo se tome por base para el cobro de los impuestos y pagos tanto del Estado como Municipales, las siguientes reglas que fijan la cuotización del peso fuerte de plata en relación con el papel moneda y el peso oro americano:
PRIMERO: La base del impuesto y del pago, es el peso fuerte de plata del cuño mexicano que equivalente a $0.40 cuarenta centavos oro americano o $10.00 diez pesos papel moneda constitucionalista.
SEGUNDO: Comuníquese a la Tesorería General y a los Presidentes Municipales.
Lo que hago saber a Ud. para los efectos legales correspondientes, protestándole mi atenta consideración.
CONSTITUCION Y REFORMAS
Hermosillo, Son., Dic 30 de 1915.
EL SECRETARIO DE ESTADO
Enrique Moreno