Carranza derogates his decree of 7 July 1917 on the Comisión Monetaria, Querétaro, 25 October 1919
El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, se ha servido dirigirme el siguiente decreto:
“VENUSTIANO CARRANZA, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes, sabed:
Que en uso de las facultades extraordinarias de que me hallo investido en el Ramo de Hacienda por el H. Congreso de la Unión, y
CONSIDERANDO: Que la liquidación administrativa de los Bancos de emisión, presenta en la práctica problemas de la mayor trascendencia para el País, los cuales deben ser objeto de serios estudios por parte de la Secretaría de Hacienda, y que para atender a la pronta y eficáz solución de los citados problemas, la misma Secretaría necesita hallarse en contacto inmediato y permanente con las Instituciones intervenidas, he tenido a bien decretar lo siguiente:
Artículo primero: - Se deroga el Decreto de 7 de julio de 1917, Por tanto la Comisión Monetaria cesa de tener las facultades que le señala el citado decreto.
Artículo segundo: - La Secretaría de Hacienda proveerá administrativamente, a la tramitación y manejo de los asuntos relacionados con las Instituciones de crédito.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en Querétaro, Qro., a los veinticinco días del mes de Octubre de mil novecientos diecinueve. – V. Carranza. – Rúbrica. – El Secretario de Hacienda y Crédito Público, Luis Cabrera. – Al C. Lic. Manuel Aguirre Berlanga, Secretario de Estado y del Despacho de Gobernación. – Presente."
Lo que me honro en comunicar a usted para su publicación y demás efectos.
Constitución y Reformas. – México, 31 de Octubre de 1919. – Aguirre Berlanga. – Rúbricas.