Roque González Garza, President, extends period for revalidation, Cuernavaca, 12 February 1915
ROQUE GONZALEZ GARZA, Presidente de la Soberana Convención Revolucionaria, Encargado del Poder Ejecutivo, a los habitantes de la Republica hago saber:
Que en uso de las facultades extraordinarias de que me hallo investido, y en vista de que algunas personas se niegan a circular los billetes que aún no están revalidados, ha tenido a bien decretar:
Artículo primero: se prorroga por tres meses, a contar desde esta fecha, el plazo concedido para la revalidación de los billetes a que se refiere el decreto de 17 de diciembre de 1914.
Artículo segundo. Los expresados billetes serán de circulación forzosa, aún cuando no estén revalidados, durante el término de esta nueva prorroga.
Y por tanto mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en el Palacio del Gobierno Convencionista en la ciudad de Cuernavaca, Mor., el 12 febrero de 1915
El Presidente de la Soberana Convención Encargado del Poder Ejecutivo
ROQUE GONZALEZ GARZA
Al C. Lic. Manuel Padilla, Oficial Mayor en funciones de Subsecretario encargado del Despacho de Hacienda y Crédito Público