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Petitions to the Secretaría de Hacienda over the vales of the Batopilas Mining Company, Batopilas, 1 February 1890

C. Ministro de Hacienda y Crédito Público:
Los firmados al calce, comerciantes, mayores de toda excepción y en perfecto ejercicio de sus acciones, ante Vd. salvas las protestas oportunas y legales exponemos: que encontrándose en la actualidad el comercio de este Mineral en la decadencia más crítica por causa de la contínua idea que algunos individuos vecinos del mismo simulan para obtener la venta de sus mercancías precisándolas, por relacionarse con la negociacion principal que existe en este, cuyo dueño ó gerente es el Sr. Alex. R. Shepherd, dando para tal objeto vales al portador por valor condicional entre ambos, por efectos, y aun que últimamente se habían suprimido unos de la especie indicada; han aparecido en circulacion ciertos papeles que no hallamos qué nombres darles por no tener uno adecuado; de los que le remítimos uno de éstos para su conocimiento. Aunque todo el comercio se opone á recibirlos, así como tambien las oficinas de rentas y todo establecimiento que requiere pago en efectivo, ve como un hecho oneroso tal procedimiento considerando que para adquirir el valor que representan necesitan un intervalo de 70 dias como se ve en el pagaré incluso, resultando de allí un trastorno inevitable; tomando en cuenta á la vez los efectos que se introducen á esta plaza de puntos y Estados diferentes respecto á la rémora de sus cambios en dinero contante, es de lamentarse medida tan absurdo.
Por consiguiente la gente trabajadora que recibe en pago de sus servicios unos papeles sin validacion antes los expendedores de las cosas necesarias para la vida, se deciderán á retirarse de un punto donde tan pésimamente aprecian sus desempeños recayendo á la par el perjuicio en el comercio. Ahora bien, como vemos que las autoridades á quienes compete este asunto no mandan cesar el movimiento de la dicha moneda, nosotros creemos de nuestro deber elevarlo ante quien corresponda, puesto que con tal accion se violan las leyes que sobre este materia se relacionan, figurando en su contrario el art. 640 del Código de Comercio vigente y el Reglamento dado en 30 de Noviembre de 1889 por el señor Presidente de la República segun el art. 13.
De lo expuesto se viene en conocimiento que la cotinuacion de los asuntos segun se presentan en la actualidad, causará un trastorno inevitable al comercio y al pueblo en general y llegan le á tomar incremento superior, producirá un resultado de carácter insorportable.
Por tanto á vd. suplícamos, señor Ministro, se sirva mandar suspender la circulacion de los papeles aludidos para que se establezca la equidad deseada y de este modo se conducirán á un fin próspero los negocios que hoy se encuentran sin movimiento por el obstáculo que le anteponen medidas tan inconducentes.
Protestamos lo necesario por creerlo de justicia.
Batopilas, Febrero 2 de 1890. – Ignacio Ramirez – Severo Y. Bernal. – Jesus H. Gaxiola. – Cordero y Camú. – M. A. Cota. – P. Zamorano. – Manuel Villalobos. – Clemente Figueroa. – Timoteo Barroso. – Florencio Ruiz. – Luís Mussy. – [ ] Hermosillo. – Ramon Lopez. – José M. Moreno. – Siguen otras firmas más.

Habiendo llegado á nuestro poder un pagaré papel moneda emitido por el Sr. Alex. R. Shepherd, que á la letra dice: “Num. 5. – Pagaré al portador cinco pesos en plata quintada por su ley á los setenta días de su presentacion, en cantidades mayores de cien pesos, conforme al contrato celebrado con el comercio de este Míneral a dia 18 de Enero de 1890.
“Batopilas, Enero 28 de 1890. – Alex. R. Shepherd.”
Protestamos contra la circulacion de dicha moneda, por carecer de fundamento é inexactitud, pues no es cierto tenga nuestra conformidad ni mucho ménos nostras firmas; los hechos han pasado de la manera siguiente: seis comerciantes fueron citados y se reunieron en junta para tratar de dichos vales ó pagarés que el Sr. Shepherd debía emitir para el sostenimiento de sus negocios mineros, y como era de esperarse, no surtió los efectos que se deseaban, pues tan sólo dos comerciantes de los allí reunidos dieron su consentimiento; despues uno de ellos salió á recoger firmas, las cuales consigué con algunos comerciantes en pequeño, mas no del comercio en general como lo consigna el Sr. Shepherd.
En tal virtud y siendo una contravencion á la ley, segun el Reglamento expedido por el señor Presidente de la República en 28 de Noviembre próximo pasado, asi como del Código de Comercio, segun el art. 640, protestamos contra la circulacion de dichos vales ó pagarés emitidos, para la cual, con esta misma fecha, hacemos formal denuncia ante el Ministerio de Hacienda.
Batopilas, Febrero 1o de 1890. – Cordero y Camú – Luis Mies – Benigno Avila. – Manuel Villalobos. – Tirso Mendoza. – Simon Games. –F. H. Gaxiola. – Canuto Rocha. – P. Zamorano. – Manuel A. Cota. – Florencio Ruiz. – Ignacio Ramirez. – Patrocinio Olguïn. – Severo I. Bernal.