Ramón Gutiérrez del Mazo, extension for changing Iturbide notes, Mexico City, 25 September 1823
AVISO AL PUBLICO
El Exmo. Sr, Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda, con fecha 23 de este mes me comunica lo siguiente.
“Habiendo pasado ya un término mas que suficiente para que las Cajas provinciales, Tesorerías de las rentas, y los particulares, en cuyo poder existen cédulas de antiguo papel moneda, lo hubieran remito ó presentado para su cambio á esta Tesorería general, conforme á lo dispuesto en los artículos 4, 5 y 6 del Soberano Decreto de 11 de abril último; y enterado el Supremo Poder Ejecutivo de que según el número de aquellas que debía hallarse en circulacion, y el de las que hasta la fecha se han remitido y presentado á dicha Tesorería, no se ha verificado del todo, como correspondía, de cuya demora resultan notables perjuicios al Erario, se ha servido resolver: que todo aquel que conserva en su poder alguna cantidad de dicha papel moneda, que debió ya remitirse ó presentarse para su cambio por el impreso en Bulas, lo verifique en el preciso término de un mes contado desde esta fecha; en concepto de que despues de cumplido este plazo, no se admitirá ninguna otra cédula de aquel signo, u sus tenedores resentirán el quebranto que les resuelte por su omisión en cumplir las disposiciones dictadas en la materia. – Lo digo á V. S. de orden de S. A. para su inteligencia, y á fin de que disponga que tanto por medio de los periódicos, como por rotulones que se fijan en los parages acostumbrados, se imponga al público de esta determinacion y se le dé entero cumplimiento.”
Lo que participo á este respetable vecindario para su observancia.
México 25 de septiembre de 1823. =3. y 2.
Ramon Gutierrez del Mazo