Trinidad Cervantes, governor, lists notes of forced circulation, Zacatecas, November 1914
En atención a las dificultades ocasionadas en el Público y Comercio por la falta de conocimiento del papel moneda de circulación forzosa, hemos acordado publicar las siguientes aclaraciones:
“Todos los billetes emitidos de carácter constitucionalista, tienen curso forzoso. Además, deben recibirse los billetes de todos los Bancos de emisión de concesión federal y las llamadas “Obligaciones Provisionales del Erario,” puestas en circulación por la Administración pasada; en la Capital de la República el 25 de julio del presente año y siempre que sus numeraciones no sean mayores de las que se expresan a continuación:
De $1.00 son buenos hasta el núm. 360,000
De $5.00 son buenos hasta el núm. 390,000
De $25.00 son buenos hasta el núm. 40,000
De $50.00 son buenos hasta el núm. 100,000
Queda comprendido en la disposición anterior el papel moneda emitido por el Gobierno del Estado de Durango en agosto último:
De $5.00 serie E y de $50.00 serie A, suscritos por Domingo Arrieta como Gobernador, por José Clark como Director General de Rentas y por Juan B. Fuentes, como Secretario Interino.
Igualmente son de curso forzoso y tienen poder liberatorio ilimitado, los billetes de “Gobierno Provisional de México,” lanzados a la circulación el 20 de octubre último, de los valores de un peso, cinco pesos, diez pesos, veinte pesos, cincuenta pesos y cien pesos, que corresponden a las series A, B, C, D, E y F, respectivamente.
Zacatecas, noviembre de 1914.
El Gobernador Provisional y Comandante Militar, Gral. J. Trinidad Cervantes.
El Jefe de Hacienda, Teodoro Carrillo.