The Convention lists issues of forced circulation, Toluca, 16 August 1915
IMPORTANTE
Se hacer saber al público que, según los decretos expedidos por el ciudadano Encargado del Poder Ejecutivo, son de circulación forzosa los billetes que en seguida se expresan.
Los de Monclova, con revalidación auténtica; los de Durango, con revalidación auténtica; los del Ejército Constitucionalista; los Bonos expedidos por el Gobierno de Carbajal; los del Estado de Chihuahua, conocidos vulgarmente con el nombre de “caritas” y los del Gobierno Provisional de México, revalidados.
Reforma, Libertad, Justicia y Ley.
Toluca, México, a 16 de agosto de 1915
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, LUIS ZUBIRIA Y CAMPA