Luis de la Garza, circular on counterfeit notes, Chihuahua, 31 March 1915
CIRCULAR
Referente a circulación de billetes falsos.
En vista de los trascendentales perjuicios que vienen ocasionándose al comercio y a los particulares con la falsificación de billetes oficiales y circulación de los falsificados; delitos que los especuladores vienen cometiendo con alarmante insistencia sin reparar en las consecuencias gravísimas que tales actos inmorales y fraudulentos producen, ya por la inseguridad en los pagos, ya por el alza consiguiente en los precios de las mercancías, y aun por la depreciación de nuestra moneda en los mercados extranjeros, hecho este último, de cual es sin duda tal abundancia de billetes falsificados una de las principales causas, considerando el C. General Jefe de las operaciones, don Francisco Villa, que la situación económica que se ha creado por la frecuencia con que se cometen aquellos delitos, demandan medidas enérgicas encaminadas a evitar en lo posible los males apuntados, y que los repetidos delitos de falsificación y circulación de moneda falsa ameritan en las presentes circunstancias un castigo ejemplar y eficaz para poner coto a su comisión; ha tenido a bien disponer el mismo citado C. General Jefe de las Operaciones: Primero. Que en todas las transacciones que se hagan por cantidades de UN MIL PESOS o mayores, los que en virtud de dichas operaciones entreguen dinero en billetes de circulación forzosa, deben justificar ante las autoridades la procedencia del dinero que entreguen; y segundo. Que cualquiera que sea descubierto como falsificador de billetes falsos o circulador, consciente de ellos, será pasado por las armas, sea cual fuere la condición del responsable.
Constitución y Reformas.
Chihuahua, marzo 31 de 1915
El Encargado del Departamento de Gobernación y Comunicaciones, Luis de la Garza Cárdenas.