Rosendo A. López, Presidente Municipal, on Gobierno Provisional notes, San Luis Potosí, 13 March 1916
MUNICIPIO DE LA CAPITAL
AVISO IMPORTANTE
El C. Gobernador y Comandante Militar del Estado en Oficio número 1033 fechado el 11 del corriente, dice a esta Presidencia Municipal lo que sigue:
Teniendo conocimiento el Gobierno de que el Comercio de esta Capital, en las transacciones mercantiles, exige se le paguen las mercancías solo con billetes de uno y dos pesos del Gobierno Provisional, rehusándose a recibir los billetes de 5, 10, 20, 50, y 100 pesos con pretexto de no haber cambio y no estar resellados y cuando llegan a recibir los de mayor valor de cinco pesos, lo hacen aumentando en sumo grado el valor de los mercancías que se le compra, muy principalmente en el de los artículos de primera necesidad; el c. Gobernador y Comandante Militar del Estado ha bien disponer diga a Ud., como lo verifico, que se sirva dictar una disposición terminante, en el sentido de que serán severamente castigados y se les impondrán multas bastantes fuertes, a todos aquellos comerciantes que se rehusen a recibir billetes mayores de 5 pesos de los del Ejército Constitucionalista y Gobierno Provisional, con pretexto de no tener cambio y de no estar resellados, sin ser falsos, así como a los que exijan en pago de sus mercancías billetes de 1 y 2 pesos y aumenten el valor de aquellas si no se les cubre su valor en el referido papel moneda.
El mismo R. Funcionario tuvo a bien disponer diga a Ud. haga del Conocimiento del Comercio y del Público en general esta disposición y que dé sus órdenes para el cumplimiento de aquella, aprehendan a los infractores y los consignen a esa Presidencia para que se les imponga el castigo correspondiente, recomendándole que esto se verifique a la mayor brevedad posible.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
San Luis Potosí, 11 de Marzo de 1916.
Librado Flores – Oficial Mayor.
Lo que pone en conocimiento del público en general a fin de que desde luego admita en toda clase de transaciones el papel moneda de que se habla en la disposición anterior, en la inteligencia de que se castigará muy severamente a todo aquel que la infringiere, asi como a los que trafican con papel moneda de 1 y 2 pesos del Gobierno Provisional.
San Luis Potosí, 13 de Marzo 1916.
EL PRESIDENTE MUNICIPAL, Rosendo A. López
EL SECRETARIO, Jesús Rojas