Blas Corral, governor, decree núm. 83 relays Carranza’s extending timelimit for withdrawal, Tuxtla Gutiérrez, 5 September 1916
GOBIERNO PRECONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE CHIAPAS.
SECRETARIA GENERAL.
Sección de Hacienda y Guerra. – Mesa de Hacienda.
Decreto número 83.
BLAS CORRAL, General Brigadier del Ejército Constitucionalista, Gobernador y Comandante Militar del Estado de Chiapas, a sus habitantes hago saber: que por la Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público, se me ha dirigido el siguiente decreto:
El C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, se ha servido dirigirme el decreto que sigue:
“VENUSTIANO CARRANZA, Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, en uso de las facultades extraordinarias de que estoy investido, he tenido a bien decretar lo siguiente:
ARTICULO UNICO. - Se prorroga hasta el 31 del presente mes de agosto, el plazo concedido por el artículo 4º. del Decreto de 31 de mayo último, para hacer el depósito de los billetes de cien, cincuenta y veinte pesos de las emisiones de Veracruz y Ejército Constitucionalista.
Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento.
Constitución y Reformas. – Dado en la ciudad de México, a los dos días del mes de agosto de mil novecientos dieciséis. V. Carranza – Al C. Secretario de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público, Lic. Luis Cabrera. Presente.
Lo comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.
Constitución y Reformas. – México, 2 de agosto de 1916.- Por orden del Secretario, El Subsecretario, R. Nieto.
Por tanto, mando se imprima, publique y circule y se le dé el debido cumplimiento.
Dado en el Palacio del Gobierno Preconstitucional del Estado. – Tuxtla Gutiérrez, a los cinco días del mes de septiembre de mil novecientos dieciséis. – B. Corral. - Santiago A. Vázquez, Oficial Mayor Encargado. – Rúbricas.