Circular núm. 10 on Comisión Monetaria's vales, Mexico City, 31 January 1920
Poder Ejecutivo Federal. – México. – Secretaría de Hacienda y Crédito Público. – Tesorería General de la Nación. – Sección 3ª. – Grupo de Hacienda. – Mesa de Pagadores. – Circular número 10.
Estando debidamente garantizado por la Comisión Monetaria el papel moneda que se ha lanzado a la circulación y representando éste un valor efectivo en oro nacional, hago del conocimiento de usted, que toda cantidad que le sea presentada en esa Pagaduría a su cargo, por cualquier concepto de pago, debe recibirla sin restricción de ninguna especie y sin límite en la cantidad de que se trate, dándole entrada en su caja como oro nacional. Asimismo hago del conocimiento de usted, que para pago que efectúe, por ningún motivo debe obligar al público a aceptar el referido papel moneda, evitándose molestias en este sentido y dejándolo en absoluta libertad de acción.
Sírvase usted fijar en el lugar más visible de esa Pagaduría copia de la presente circular, así como un aviso con letra grande que diga: “ESTA OFICINA RECIBE VALES DE LA COMISION MONETARIA, EN CANTIDAD ILIMITADA POR CUALQUIER CONCEPTO DE PAGO.”
Constitución y Reformas. – México, a 31 de enero de 1920.
El Tesorero general, M. Cepeda Medrano.
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