R. Nieto, circular núm. 87 on casas listing holdings, Mexico City, 11 May 1916
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. – México. – Departamento de Crédito y Seguros. – Circular número 87.
Esta Secretaría, por acuerdo del C. Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, ha tenido a bien acordar que todas las casas de esta ciudad que giren un capital mayor de cien mil pesos oro nacional, manifiesten por escrito a esta Secretaría, en el curso del domingo 1 del presente mes de mayo, las existencias que al cerrar sus operaciones el sábado 13 del próximo mes, tengan en giros, en dólars, oro nacional, pesos fuertes, tostones y moneda fraccionaria de plata, billetes de Banco, papel moneda emitido en Veracruz y del Ejército Constitucionalista, y papel moneda infalsificable; en el concepto de que los que contravengan esta disposición ya sea por no presentar la manifestación dicha, o porque expresen en ella datos falsos, incurrirán en la pena de un mil pesos oro nacional de multa, sin perjuicio de la de arresto que señala el Código Penal, para el caso de desobediencia a un mandato legítimo de la autoridad.
Lo que comunico a usted para su conocimiento y fines consiguientes.
Constitución y Reformas.
México 11 de mayo de 1916.
P. O. del Secretario.
El Subsecretario, R. Nieto.