Benjamín Hill on obligation to pay in infalsificables, Mexico City, 29 May 1916
SE HACE SABER, por medio de la presente, a TODAS LAS COMPANIAS Y PARTICULARES de todas clases que tengan empleados o dependientes, QUE ESTAN OBLIGADOS A PAGAR A LOS MISMOS en papel de la emisión llamada “INFALSIFICABLE,” la misma cantidad que tenían asignada en el mes de abril; es decir, se hace extensivo el acuerdo referente a los obreros y operarios, a los empleados y dependientes de todas clases. Igualmente se hace extensivo el acuerdo de referencia a todas clases de jornales o sueldos que se devenguen dentro de los límites del Distrito Federal.
Se hace saber a los Notarios Públicos, ya que de ellos se han recibido quejas, que deben implantar inmediatamente la tarifa a base de infalsificable, así como señalar a sus dependientes las horas de trabajo a que deben de estar sujetos, en la inteligencia de que esta Comandancia Militar tomará cartas en el asunto.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
México, 29 de mayo de 1916.
El General Comandante Militar, B. G. HILL