Circular núm. 103 on rate of exchange, Mexico City, 16 June 1916
SECRETARÍA DE ESTADO Y DEL DESPACHO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO. – MÉXICO
DEPARTAMENTO DE CRÉDITO Y SEGUROS.
Circular número 103
Por acuerdo del ciudadano Primer Jefe del Ejército Constitucionalista, Encargado del Poder Ejecutivo de la Nación, esta Secretaría ha tenido a bien acordar que las entregas que en papel moneda emitido en Veracruz y del Ejército Constitucionalista, hagan los Gobiernos de los Estados y Jefaturas Políticas de los Territorios a las Jefaturas de Hacienda en cada Estado y a la Tesorería General de la Nación hasta el día 10 de julio próximo, les sean abonadas en papel de la nueva emisión, a razón de un peso papel moneda infalsificable por cada cuatro pesos de papel viejo y que las que verifiquen el día 11 del citado mes de julio en adelante, se les abonen a razón de un peso papel infalsificable por cada diez de papel antiguo.
Y lo que comunico a Ud. para su conocimiento y fines consiguientes.
Constitución y Reformas, México, 16 de junio de 1916
Por orden del Secretario, El Subsecretario, R. Nieto.