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Guillermo Porras, Secretario, circular núm. 1 on use of vales, Chihuahua, 30 March 1909

Secretaría del Gobierno del Estado. – Chihuahua. – Sección 1ª. – Ramo de Gobernación. – Circular número 1.
Siendo de jurisdicción federal todas las cuestiones relativas á la Ley Monetaria de 25 de Marzo de 1905 y su aplicación, corresponde á las autoridades federales la imposición de penas por infracciones á la misma ley, y compete á las autoridades del Estado tan sólo prestar su ayuda para investigar los casos en que estas infracciones se cometen y ayudar al esclarecimiento de los hechos.
Se ha recomendado á Ud. en circulares anteriores, que forme los expedientes respectivos con motivo de la frecuente expedición de signos de cambio que varias Compañías y particulares emiten en substitución de la moneda legal, y este Gobierno está satisfecho de los resultados obtenidos, pues con estas diligencias se ha logrado que disminuyan el número de vales, libretas, fichas, etc., que recibían los operarios con grave perjuicio de sus intereses, por lo que será conveniente en lo sucesivo, seguir desplegando el mismo celo en estas averiguaciones.
Pero como una vez comprobados los hechos cesa la competencia de las autoridades del Estado, deberá esa Jefatura remitir el expediente completo á esta Secretaría, para que el C. Gobernador ponga el caso en conocimiento del Ministerio de Hacienda.
Por lo tanto acuerda el mismo C. Gobernador, que en todas las ocasiones en que tenga Ud. conocimiento de que se infringe la Ley Monetaria y principalmente el artículo 26, levante Ud. la información correspondiente, recoja las fichas ó boletos ó vales que se hayan expedido, procure averiguar su número, el objeto con que se emitieron, las personas ó Compañías ó Sociedades que expidieron esos signos de cambio, y todos los demás datos que sirvan para comprobar la infracción; y que una vez bien acreditada ésta, sea remitido el expediente á la Secretaría de Gobierno.
Por cuanto á los casos que ya están comprobados en los que se ha aplicado alguna multa á los responsables, deberá Ud. remitir los expedientes con los comprobantes de la misma multa, para que el C. Gobernador determine lo conveniente.
Lo que comunico á Ud. para su debido cumplimiento.
Libertad y Constitución. Chihuahua, marzo 30 de 1909.
El Secretario, Gmo. Porras.
Al C. Jefe Político del Distrito de …