Manuel Padilla reports Convention's extension for revalidating notes, Cuernavaca, 8 February 1915
República Mexicana. – Secretaría de Hacienda. – Aviso.
Por acuerdo del C. Presidente de la Soberana Convención, Encargado del Poder Ejecutivo, se prorroga por tres meses, a contar desde esta fecha, el plazo para la revalidación de los billetes a que se refiere el decreto de 17 de diciembre de 1914.
Los expresados billetes serán de circulación forzosa, aún cuando no estén revalidados, durante el término de esta nueva prorroga.
Constitución y Reformas.
Cuernavaca, febrero 8 de 1915.
El Oficial Mayor en funciones de Subsecretario, Encargado del Despacho, Manuel Padilla.