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F. A. Bórquez, Tesorero General, circular núm. 2 on payments, Hermosillo, 16 December 1915

Circular No. 2
Se pone en conocimiento del público que a partir de esta fecha y hasta nueva orden del Ejecutivo, los impuestos del Estado y Municipales, deberán ser pagados en PLATA DEL CUÑO MEXICANO, o su equivalente en moneda constitucionalista a $10.00 diez pesos, u oro americano a cincuenta centavos por cada peso mexicano. Queda sin efecto la Circular No. 1. de fecha diez de Septiembre de esta misma Tesorería.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
Hermosillo, Diciembre 16 de 1915
El Tesorero General, F. A. Bórquez