Carlos Diez Gutíerrez, governor, on San Luis Potosí to Tampico railway notes, San Luis Potosí, 27 December 1879
CARLOS DIEZ GUTIERREZ, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SAN LUIS POTOSÍ, A SUS HABITANTES, SABED:
Que en virtud de las facultades que confiere al Ejecutivo el artículo 3o de la ley número 135 de la 7a H. Legislatura, he tenido á bien decretar lo siguiente:
Art. 1o. Se habilitan para el año 1880, los billetes existentes en la Tesorería del Ferrocarril, para el pago de la contribución del diez por ciento adicional.
Art. 2o. La junta directiva, sujetándose á lo que dispone la misma ley número 135, mandará hacer los resellos y contraseñas necesarias para la seguridad de las estampillas que se pongan nuevamente en circulación.
Por tanto, mando se cumpla y ejecute el presente decreto, y que todas las autoridades lo hagan cumplir y guardar, y al efecto se imprima, publique y circule á quienes corresponda.
Dado en el Palacio de Gobierno del Estado. San Luis Potosí, á 27 de Diciembre de 1879. – Carlos Diez Gutíerrez. – Francisco Bustamante, secretario.