Ernesto Madero, circular núm. 14 on interventors' place of residence, Mexico City, 16 June 1911
Secretaría de Estado y del Despacho de Hacienda y Crédito Público. – México. – Departamento de Crédito y Comercio. – Circular núm. 14.
El Presidente Interino de la República ha tenido á bien disponer que los Interventores de los Bancos establecidos hasta hoy ó que se establezcan en lo sucesivo, residan precisamente en los lugares en que está radicada la casa matriz de la institución que intervengan, á fin de que sea más efectiva la vigilancia que ejerce el Gobierno sobre las Instituciones de Crédito.
En consecuencia, queda derogada la anterior circular de esta Secretaría, referente á este asunto, de 22 de octubre de 1898.
México, 16 de junio de 1911.
Ernesto Madero.