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Salvador Alvarado on legitimate Gobierno Provisional de México notes, Mérida, 1 September 1915

BILLETES DE CIRCULACION FORZOSA.
DISPOSICION DEL EJECUTIVO ACERCA DEL ASUNTO.
Con motivo de la alarma que existe en el público por la cuestión relativa a la aceptación de los billetes del gobierno Provisional emitidos en el Ciudad de México, de $100 y $50.00, este Gobierno, para calmar esta alarma infundada, llama la atención acerca del particular y hace saber, en vía de aclaración, que los billetes emitidos en la Ciudad de México y comprendidos del 1 al 200,000, los de $50.00, del 1 al 250,000, los de $100.00; y los de $5.00 hasta el número 1,198,000, son buenos y de circulación forzosa legal y obligatoria. Por tanto, deben ser admitidos en las transacciones en general a fin de evitar las consiguientes dificultades que a sus tenedores se ocasionan por la falta de aceptación; pues aparte de esta aclaración, y si se repiten casos de que no se acepten los billetes de referencia, este Gobierno dictará las medidas encaminadas a expeditar todo lo que a ello se refiere, sin perjuicio de las penas en que incurran los infractores; pues si es verdad que se ha dispuesto el canje de esos billetes, tal cosa no puede hacerse por ahora por no haber llegado todavía los nuevos billetes para efectuarlo, por lo que el Gobierno de mi cargo ha ordenado a todas las oficinas públicas la aceptación de los repetidos billetes.
Se hace saber a los habitantes del Estado para su exacto cumplimiento.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
Mérida, Septiembre 1º de 1915.
El Gobernador y Comandante Militar del Estado:
S. Alvarado
El Of. Mayor Int. en funciones de Secretario General:
C. Maldonado R.