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Manuel Cepeda, Tesorero General, on exchange rates, Saltillo, 20 May 1916

CIRCULAR
Por disposición del C. Gobernador del Estado y acatando órdenes del C. Primer Jefe se cobrarán desde esta fecha en billetes del GOBIERNO PROVISIONAL DE MEXICO EMITIDOS EN VERACRUZ y en billetes GARANTIZADOS DE LA NUEVA EMISION, todos los impuestos que anteriormente se cobraban en ORO NACIONAL en las Oficinas Recaudadoras del Estado.
Para el pago de los anteriores impuestos se recibirá el peso de la ANTIGUA EMISION a razón de DIEZ CENTAVOS ORO NACIONAL y por VEINTE CENTAVOS ORO NACIONAL el peso de la NUEVA EMISION.
Con ésta disposición resultan notablemente beneficiados los intereses del público y una vez mas demuestra el Gobierno que está dispuesto a darle un valor real y efectivo a la moneda que se ha lanzado a la circulación para salvar las necesidades del País.
CONSTITUCION Y REFORMAS.
Saltillo, Coah., a 20 de mayo de 1916.
El Tesorero General,
Manuel Cepeda