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Orozco Avila, Presidente Municipal, on lack of resello, León, 29 April 1916

IMPORTANTE
En vista de que muchas comerciantes de esta ciudad se niegan sin causa justificada a recibir el papel moneda emitido por el Gobierno Constitucionalista de circulación legal, lo que mucho perjudica los intereses de la colectividad, la Presidencia Municipal de mi cargo, en acuerdo de esta fecha, ha tenido a bien disponer lo siguiente:
Toda persona o comerciante que se niegue a recibir el papel moneda de curso legal alegando la FALTA DE RESELLO, requisito que no es indispensable para la aceptación, será castigado con un arresto no menor de 30 días o la multa correspondiente a juicio de la Autoridad.
Se entiende por billetes de curso legal todos aquellos que no se encuentren fuera de circulación por disposición superior y siempre que dichos billetes sean perfectamente legales.
Constitución y Reformas.
León, a 29 de abril de 1916.
El Presidente Municipal, R. Orozco Avila.
El Secretario, A. Zubieta.