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Ignacio Flores, Oficial Mayor, on counterfeit Gobierno Provisional notes, Puebla, 28 September 1915

Departamento de Hacienda.
Al margen un sello que dice: “Jefatura de Hacienda Constitucionalista. – Puebla.”
Ha llegado a conocimiento de esta Jefatura de Hacienda, la alarma que ha originado en el comercio de este lugar, la publicación que en el número correspondiente al 26 del actual, hizo el periódico de Veracruz “El Pueblo” respecto de las falsificaciones de billetes del Gobierno Provisional de México, en las emisiones de México y Veracruz. – Para evitar dicha alarma, por la publicación que de las características de las falsificaciones, hizo el expresado diario, tengo el honor de comunicar a Ud. las características del papel legal, a efecto de que en vez de producir alarma la publicación a que me refiero, sirva para evitar la circulación del papel ilegal. – Tanto en las falsificaciones de las emisiones de México, como en las de Veracruz, jamás se ha podido imitar con perfección el sello de lacre que figura en los billetes de CINCUENTA Y CIEN PESOS de las emisiones de Veracruz, pues este sello que en algunas billetes es ovalado y en otros circular, tiene un color puro, tojo vivo, en la forma ovalada, y guinda en los circulares; pero ambos están hechos con toda limpieza, sin encontrarse en sus letras imperfección alguna y puede leerse a la simple vista que en los circulares dice: “Secretaría de Hacienda. – Tesorería de la Federación, al centro Veracruz; en los circulares se leé Secretaría de Hacienda, Veracruz. – Si dichos sellos en los billetes que se pongan en circulación no fueren perfectos, puede dudarse del billete, pero si como se ha dicho el sello se encuentra enteramente limpio, en su impresión y color, el billete es legal.- En los billetes de VEINTE PESOS existen diversos clichés,  todos legales, según declaraciones que ya en su oportunidad hizo la Secretaría de Hacienda y consisten las diferencias en lo que sigue: - El papel de la primera impresión fué de mala clase, por lo que estos billetes, en general circulan deteriorados, y aunque en los cuatros ángulos del anverso, llevan la cifra 20, esta no contiene al centro, dividiéndola, la palabra pesos, como se hizo en la segunda impresión, en la que además de esta anotación y en el mismo anverso, en el medallón, que lleva la cifra 20 se encuentra el signo de pesos entrelazando los dos números que forman dicha cifra, lo que se diferencia de los primeros, pues en estos y en el mismo medallón, el signo de pesos se pierde por el centro y solamente se ven sus extremidades, en la parte superior y inferior de la citada cifra. – Por último se ha hecho otra impresión de la misma emisión de Primero de Diciembre de 1914, que lleva un sello de lacre en forma circular en el reverso, que dice: Secretaría de Hacienda. – Tesorería de la Federación; al centro Veracruz habiendo resuelto la Secretaría de Hacienda, a consulta de esta Jefatura, que dicha emisión es de curso legal. – Respecto de los billetes por valor de DIEZ PESOS, en la segunda remesa que esta Jefatura recibió para el canje de la Tesorería de la Federación, en su totalidad llegaron billetes por dicha valor, los cuales conoce ya perfectamente el público y podrá distinguir muy bien los legítimos, pues en éstos, según los ya canjeados, se nota una perfecta impresión, ya sea en su colorido, sellos, etc., lo cual, a primera vista, marca una completa diferencia con los billetes falsos, pues en éstos desde luego se nota, sobre todo en las tintas negras, un recargo absoluto y una grosera impresión, que a primera vista hace comprender la falsificación. – En los billetes de a CINCO PESOS, así como en los de DOS y en los de UNO, puede justificarse la legitimidad, con el resello rojo del reverso, enteramente igual al de los billetes de a DIEZ PESOS ya conocidos, que esta Jefatura ha canjeado, pues en los billetes falsos este sello es imperfecto y por la pésima forma de las letras blancas que en su centro forma, así como por la imperfección de las hondas que lo circundan, y ornato de las mismas, fácilmente se descubre la falsificación.
Respecto de los billetes de DOS PESOS ya la Jefatura de Hacienda en el Estado de Valle ha declarado que en los falsos el color del reverso es azul marino, y los que hasta la fecha han circulado en este lugar, jamás han tenido dicho color, pues el azul claro de unos y el verde olivo de otros, además de los sellos del reverso, de que antes se hizo mención, los distingue completamente de la falsificación. Respecto de los billetes de UN PESO, esta Jefatura, en la primera remesa para el canje, recibió en su totalidad billetes de este valor y la circulación de ellos habrá podido dar el público perfecto conocimiento de su impresión, siendo de llamar la atención la característica del sello del reverso antes citado.
Esta Jefatura, con todo celo se ha preocupado por el descubrimiento de las diversas falsificaciones que han presentado en la plaza, y por el conocimiento de ellas, como lo demuestra la copia del informe que adjunto tengo el honor de remitir a Ud, suplicándole lo haga del conocimiento del público; y éste puede tener la seguridad de que se le darán á conocer para su resguardo, cuantas falsificaciones sean declaradas por la Secretaría de Hacienda del Gobierno Constitucionalista procurándose a la vez el mismo público tenga completa conocimiento de las emisiones legales, para evitar se le defraude por los enemigos del mismo Gobierno. Según telegramas que en estos momentos ha llegado a la oficina de mi cargo, tengo el honor de manifestar a Ud. que los billetes legales de las emisiones de México, serán canjeados aún después de vencido el plazo del 30 del actual y al recibo de los fondos correspondientes; debiendo depositar las personas que en dicha fecha no hayan efectuado su canje, en esta Jefatura los billetes que fueren en su poder, con una relación que exprese la serie, valor y número de los billetes depositados, por los cuales se les otorgará un certificado que acredite la entrega y dichos billetes que en su presencia serán cerrados y sellados, previo examen, en su oportunidad le serán canjeados.
Ha de agradecer a Ud. que, en la forma en que lo estime conveniente, se sirva hacer del conocimiento del público, por medio de su acreditado diario, el contenido de este oficio, por ser de interés general y a efecto de evitar el perjuicio que sufren los que teniendo papel legal no lo pueden poner en circulación y la infracción de los que se niegan a recibir un papel que es de curso legal. – Protesto a usted las seguridades de mi muy distinguida consideración.
Puebla, septiembre 28 de 1915. – El Jda. de Hacienda. – José Mayoral. – Rúbrica.
Es copia para su publicación en el “Periódico Oficial.”
CONSTITUCION Y REFORMAS.
Puebla de Zaragoza, septiembre 29 de 1915.
El Oficial Mayor
Ignacio Flores.