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Federico Chapoy, governor, authorises a second issue of cartones, San Luis Potosí, 13 July 1916

FEDERICO CHAPOY, Gobernador y Comandante Militar Interino del Estado de San Luis Potosí, a sus habitantes, sabed:
Habiendo autorizado la Secretaría de Hacienda, el Gobierno del Estado para emitir moneda fraccionaria para proveer a las necesidades del estado, se decreta:
PRIMERO. – Se emite moneda fraccionaria de cartón, con valor de cinco, diez, veinte y cincuenta centavos de la nueva emisión, o sea de la infalsificable, hasta por la cantidad de $100,000.00 cs.
SEGUNDO. – La moneda que se emite será de curso forzoso en todo el Estado, en cantidades que no excedan de $20.00 circulará desde esta fecha hasta que se decrete su canje.
TERCERO. – Se procede a canjear por la Administración Principal de Rentas, la moneda fraccionaria que emitió el Gobierno del Estado, según decreto de fecha 28 de julio de 1915, por la que es objeto de éste, en la proporción de diez por uno de la nueva. Este canje durará hasta el día último del mes actual; después no se le reconocerá ningún valor a esa moneda antigua que no hubiere sido canjeada.
Por tanto, mando se cumpla y ejecute el presente Decreto y que todas las autoridades lo hagan cumplir y guardar, y al efecto se imprime, publique y circule.
Dado en el Palacio de Gobierno del Estado de San Luis Potosí, a los 13 días del mes de julio de 1916.
FEDERICO CHAPOY.
CAYETANO GARCIA, Secretario.