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José Maytorena, decree núm. 70 increases Estado de Sonora issue, Hermosillo, 16 April 1915

JOSE MARIA MAYTORENA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Sonora, a sus habitantes, hago saber:
Que en uso de las facultades que me están conferidas por la ley Núm 117, de 25 de febrero del 1913, y en vista de las dificultades e inconvenientes que viene ocasionando la escasez de moneda fraccionaria, lo cual reporta severísmos perjuicios que afectan directamente a los intereses del público y particularmente de la clase menesterosa, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO NUMERO 70
QUE AMPLIA LA EMISION PROVISIONAL DE PAPEL MONEDA DEL ESTADO
ARTICULO PRIMERO. Se ampliá en $100,000.00 cien mil pesos más, la emisión provisional de papel moneda del Estado, autorizada por los Decretos número 13, de 26 de agosto y número 23, de 16 de octubre, ambos del año de 1913, en diez series de billetes provisionales, de $10,000.00 diez mil pesos cada uno, con las denominaciones de 1ª., 2ª., 3ª., 4ª., 5ª., 6ª., 7ª., 8ª., 9ª. y 10ª., respectivamente, los cuales serán numeradas progresivamente y los que con el texto que fijan los artículos transitorios del primero de dichos decretos, llevarán impresos los nombres de los ciudadanos Gobernador, Secretario, Tesorero y un Interventor que para al caso se nombrará por este Gobierno. Cada serie será en cantidad y valores como sigue: 50,000 cincuenta mil billetes de a $0.10 diez centavos cada uno y 100,000 cien mil de $0.05 cinco centavos.
ARTICULO SEGUNDO. El papel moneda que habrá de emitirse conforme al artículo que antecede, quedará en todo sujeto a las prescripciones que con respecto a billetes provisionales establecen los artículos transitorios del decreto número 13 de fecha 26 de agosto de 1913.
Por lo tanto, mando se imprima, publique y se le dé el debido cumplimiento.
Es dado en el Palacio del Poder Ejecutivo del Estado, en Hermosillo, a los diez y seis días del mes de abril de mil novecientos quince.
José M. Maytorena
El Oficial Mayor E. D. D. Alberto Hugues